El alcance de los decretos de Aniquilamiento de Isabel Perón


Los polémicos decretos de Isabel Perón y Luder (el de febrero de 1975 y octubre de 1975) fueron utilizados durante bastante tiempo como un argumento central del apologismo. Actualmente este argumento se encuentra algo en "desuso" o se lo combina con otros argumentos complementarios

El problema no pasa por asegurar que en el lapso histórico esos decretos "iniciaron" la represión. Estrictamente es cierto (bueno, ya existía la represión anterior a 1975, pero con el Operativo Independencia las fuerzas armadas como institución se hacen cargo de la persecución). El problema es: las fuerzas armadas ¿Reprimieron porque la ley ordenaba reprimir? ¿Eran unos pobres hombres que tuvieron la buena voluntad de seguir con la ley??

Primero, olvidemos el absurdo que la junta militar derrocó el gobierno constitucional y asumió la esfera legislativa, con lo cual podría haber derogado dicho decreto aparentemente tiránico para los pobres soldados que se limitaron a cumplirlo. Además la obediencia debida no corre para delitos gravísimos, asi que ningún decreto en gobierno constitucional o de facto puede eximir al ejecutor de la orden de una sanción penal correspondiente

En segundo lugar, más allá de lo nefasto que fueron los decretos de Luder, y que desarrollaremos sus consecuencias más adelante, hay algo muy positivo en el decreto de aniquilamiento y que perjudica a los apologistas: resulta que para el decreto de Luder de octubre de 1975, los militares emitieron la directiva 404/75 que acompañaba las ordenes de Luder. Y si ustedes han leído otros posteos de mi blog, esa directiva 404 contiene el siguiente gráfico sobre la cifra de combatientes del ERP:



pag 44:


Es decir, gracias al decreto de Luder, existe la directiva 404 que nos evidencia la escasa cifra de combatientes del ERP. Los apologistas son tan terriblemente retrasados mentales, que a menudo citan el argumento del decreto de aniquilamiento sin darse cuenta que dicho decreto refuta el exagerado poder de fuego que los apologistas atribuyen a la guerrilla

No tiene sentido que Nicolás Márquez hable del decreto de aniquilamiento de Luder, cuando GRACIAS A ESE DECRETO podemos conocer que el ERP tenía 600 combatientes máximo, refutando al hijo de ochenta millones de putas de Nicolás Márquez, que en sus libros miente diciendo que el ERP tenía 7 mil combatientes!!!!! Así de pelotudito mental es Márquez o Agustin Laje, que no se dan cuenta que están usando un argumento que se les vuelve en contra


La discusión sobre el decreto de "Aniquilamiento" de Isabel/Luder se encuentra en el considerando sexto de la Causa 13 Juicio a las juntas militares, bajo el apartado "El Cumplimiento de la ley":

http://www.derechos.org/nizkor/arg/causa13/consid6.html 

Por otro lado, este link de la Causa 13 habla sobre el concepto "Aniquilar" según el reglamento de terminología castrense:

http://www.derechos.org/nizkor/arg/causa13/cap8.html 


Veamos qué significa el Aniquilamiento entonces:
El Reglamento de Terminología Castrense, de uso en el Ejército (RV117/1) lo define como "el efecto de destrucción física y/o moral que se busca sobre el enemigo, generalmente por medio de acciones de combate"

¿Qué dijo Luder sobre el concepto de "Aniquilar" al tribunal del juicio a las juntas? Más o menos coincidió con el sentido del reglamento y lo enmarcó en la estructura constitucional vigente ¿Y qué dijeron Videla y Massera en el CONSUFA, sobre el concepto de "Aniquilar"? Dijeron que no implicaba matar sin regla alguna, fuera de combate. Negaron que "Aniquilar" se entendiera como asesinato. Enseguida lo veremos

Obsérvese cómo el abogado escritor Nicolás Márquez, a favor de la narrativa de los represores, de modo muy malévolo corta la última parte de la definición de ese reglamento ("generalmente por medio de acciones de combate") en el siguiente video [minuto 1:07]:




En este artículo también repite esa artimaña:

https://prensarepublicana.com/gomez-centurion-vs-la-dictadura-invisible-nicolas-marquez/  

Lo que el cabeza de verga de Nicolás Márquez quiere hacerte entender con esta definición trunca, es que el decreto de aniquilamiento implicaba eliminar al enemigo a toda costa, a como dé lugar sin ninguna regla. Y que si Luder en el juicio a los Comandantes declaró otra cosa, es porque es un hipócrita. Más o menos ese sería el mensaje que quiere transmitir el apologista Nicolás Márquez

Pero ni Videla ni Massera en el juicio a las juntas entendieron el concepto de Aniquilamiento como lo quiere entender el señor Márquez. Ah!!!! Eso el pillo de Márquez no te lo cuenta

Más concretamente la sentencia dice:

Resulta aquí oportuno formular algunas precisiones sobre el alcance del concepto de aniquilamiento. El Reglamento de Terminología Castrense, de uso en el Ejército (RV117/1) lo define como "el efecto de destrucción física y/o moral que se busca sobre el enemigo, generalmente por medio de acciones de combate" (ver informe de fs. 375 del cuaderno de prueba de Viola).

Sostener que este concepto, insertado en esos decretos, implicaba ordenar la eliminación Física de los delincuentes subversivos, fuera del combate y aún después de haber sido desarmados y apresados, resulta inaceptable.

Todo el marco legal de estas normas, - expresamente tenido en cuenta en las directivas y planes contribuyentes a ellas emitidos por el Ejército y la Armada (Anexo 6 de la directiva 404/75 y Anexo E de Placintara 75), con expresa indicación de tomar como base a la propia Constitución y los códigos de fondo y forma- se contrapone de plano con una orden que implique, a priori, la muerte del contendiente con independencia de si éste está en condición de resistir o no.

Por lo demás, tal interpretación fue expresamente descartada por los vicealmirantes Mendía, Vañek y Fracasi, por los contraalmirantes Santamaría y García, por el Almirante Franco, el Brigadier Hughes, y el Teniente General Nicolaides, al ser interrogados en la audiencia de prueba, y por los propios procesados Videla, Viola y Massera, al ser indagados



Italo Luder, uno de los firmantes de los decretos de octubre de 1975, en el juicio a las juntas, da su opinión sobre el concepto de "Aniquilar"



El fiscal auxiliar Moreno Ocampo, sintetiza todos los testimonios que pasaron por el juicio sobre el concepto de "Aniquilar"


No es que Luder sea santo de mi devoción, pero no entiendo por qué Nicolás Márquez discute esta pelotudez cuando su amante Videla niega que la definición de "aniquilamiento" implique lo que Márquez insinúa

Aquí también es importante separar dos conceptos que confunden muchas personas sobre el tema: una es la definición que se le quiera imprimir a la palabra "Aniquilar", que puede poseer una definición reglamentaria-oficial (caso del reglamento de terminología castrense) o la definición que se les antoje el culo a cualquier loquito. Por ejemplo, los Montoneros tenían una definición de "Aniquilamiento" para sus enemigos en el sentido de dar muerte. Pag. 18 de la siguiente revista Evita Montonera: 


Y otra cosa distinta es una ley, un decreto de aniquilamiento. Allí, por mucho que "Aniquilar" signifique lo que quieran que signifique, debe circunscribirse al marco normativo constitucional. Aún suponiendo que "Aniquilar" signifique comer bebés fritos en el reglamento militar, pues en un decreto no tendría sentido su aplicabilidad

Esto es como cuando nuestra mamá nos daba la lección de: "Si tus amigos te dicen que te tires de la ventana ¿Te vas a tirar de la ventana?". Si Isabel Perón decretaba que todos los militares se tenían que tirar de la ventana y estrellarse la nuca contra el piso ¿Iban a cumplir el decreto? Entonces está claro que un decreto tiene sus límites para ser cumplido

Obviamente no es lo mismo decretar que "todos los delincuentes se tienen que tirar a un precipicio" que decretar "hay que aniquilar la delincuencia". La segunda frase es más ambigua y puede generar confusión sobre cómo tiene que aplicarse el decreto. Pero de todas maneras, dicha confusión jamás puede contraponerse con la lógica elemental de respetar el escalón superior de un decreto ¿Cuál sería ese escalón? La Constitución Nacional. Es que te lo enseñan en 1er año de la facultad de Derecho, pedazo de hijo de re mil puta drogadicto derechista homosexual reprimido de Nicolás Márquez

A eso debemos sumarle el principio jurídico penal de "in dubio pro reo": en caso de duda, hay que estar lo más favorable al imputado o perjudicado. Si la palabra "aniquilamiento" suscitaba dudas en su interpretación, tendría que haberse ejecutado el decreto con la interpretación más favorable a quienes sufrieran el accionar represivo


Además, con la interpretación tan absurda del apologista rubio (que "aniquilar" supone eliminar a cualquier precio), uno debería preguntarle por qué ningún gobierno democrático actual promulgó ningún decreto similar para destruir a sus adversarios políticos. Por ejemplo ¿Por qué Macri no decretó el aniquilamiento del kirchnerismo? ¿Por qué Cristina Kirchner no decretó el aniquilamiento del macrismo? Digo, ya que ese tipo de "aniquilamiento" es legal y encuadrado en un marco democrático para sus apologistas, sorprende que ningún gobierno actual haya aniquilado -léase asesinado- a sus rivales ¿Por qué será? Tal vez porque el aniquilamiento NO se interpreta de ese modo. Si el día de mañana Alberto Fernández dicta el aniquilamiento de una persona en un decreto, y dicho aniquilamiento supone la interpretación de matar, el decreto NO TENDRÍA APLICACIÓN, o no se lo aplicaría en ese sentido. Creo que con esto ya debería desterrarse por siempre la pavada apologista de los decretos de Isabel y Luder

De hecho, con excepción de Nicolás Márquez, muchos apologistas no te dicen qué entienden ellos por el decreto de aniquilamiento ¿Qué se supone que tendría que hacer dicho decreto? Los apologistas no lo dicen. Simplemente afirman "el gobierno peronista ordenó el aniquilamiento de la subversión", lo cual es cierto en los papeles pero ¿Qué significa en términos prácticos? ¿Acaso que el peronismo ordenó legalmente la tortura y muerte de gente? ¿Se puede ordenar asesinatos legales en un decreto? Si no se puede ordenar legalmente un asesinato ¿Cuál sería la utilidad de firmar un decreto de ese estilo? Solo Nicolás Márquez es lo suficientemente valiente (o esquizofrénico) para insinuar que efectivamente el decreto ordenaba legalmente asesinatos, torturas, desapariciones

Es más: hay muchos apologistas que son antikirchneristas y que han dicho, por ejemplo, que Cristina Kirchner mandó a asesinar al fiscal Nisman. No me voy a meter en esa polémica de si fue asesinato o suicidio (libre o inducido) porque no viene al caso; pero supongamos ahora que efectivamente Cristina Kirchner lo mandó a boletear a Nisman: si para el apologismo, los decretos de aniquilamiento implican una suerte de asesinato legalizado ¿Por qué Cristina Kirchner no decretó el aniquilamiento de Nisman? Hubiese sido un asesinato "legal" para el apologismo ¿no es cierto? Con esto demostramos una vez más la ridícula argumentación de varios apologistas

Y si tales decretos fuesen ilegales por ordenar cosas ilegales, volvemos al problema anteseñalado: los militares NO tendrían que haber cumplido un decreto ilegal. Estoy seguro que si Luder decretaba que todos los militares se tenían que arrancar los ojos con un tenedor, no habrían cumplido dicho decreto

Da igual todas esas disquisiciones absurdas de "NO, el decreto decía ´Aniquilar el accionar´ en vez de aniquilar los subversivos". Importa una mierda, el decreto diga lo que diga no puede ser interpretado constitucionalmente como se le da la gana a los apologistas chantas

Por ser más claro, el decreto de Isabel/Luder podía tranquilamente decir: "se ordena el asesinato de los subversivos" y legalmente habría sido nulo, o ejecutado de un modo muy distinto y apegado a la Constitución y las leyes (sin incurrir en asesinatos)

Si yo fuese presidente de la nación y ordeno el aniquilamiento de Nicolás Márquez mediante decreto ¿Significa que puedo asesinar legalmente a Nicolás Márquez???


La palabra "generalmente" en la definición del Reglamento de Terminología Castrense sobre el concepto "Aniquilamiento" implica que no siempre es por acción de combate. También, el robo de víveres del bando enemigo para desmoralizarlo entra en el concepto de "Aniquilamiento". Pero por supuesto que de ninguna manera significa que las acciones groseramente ilegales entren en las facultades de un decreto abandonando las tradiciones éticas constitucionales. Al respecto el tribunal del juicio a las juntas manifiesta:
"Si bien es cierto que el cumplimiento de la ley en sentido amplio no puede ser objeto de punición (art. 19, Constitución Nacional; 1071, Código Civil y 34, inciso 4º Código Penal) no lo es menos que esa ley debe ser interpretada a la luz del conjunto del ordenamiento jurídico, para que no se dé la paradoja de pretender sustentar la legitimidad de conductas típicas en reglas contrarias a derecho o entendidas de ese modo
Esto último es lo que sucede con la inteligencia que se pretende dar a los decretos 2770 y siguientes, sobre todo al 2772, el cual dispone textualmente que "las Fuerzas Armadas bajo el Comando Superior del Presidente de la Nación que será ejercido a través del Consejo de Defensa procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país"
A propósito de tales decretos, debe remarcarse que las Fuerzas Armadas no tenían una conducción autónoma, sino que se hallaban bajo el Comando Superior del Presidente de la Nación ejercido a través del Consejo de Defensa. El golpe militar del 24 de marzo de 1976 restó ese control y dejó la conducción en las manos exclusivas de las Fuerzas Amadas
Asimismo, es necesario poner de relieve que la interpretación de la expresión "procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país" en modo alguno puede entenderse extrayendo a dicha orden presidencial del contexto jurídico del país. El artículo 31 de la Constitución Nacional no había perdido su vigencia. Por lo tanto la Carta Magna, las leyes de la Nación en su consecuencia dictadas por el Congreso y los Tratados con las Naciones extranjeras seguían siendo la ley suprema de la Nación, razón por la cual, aunque el Presidente de la Nación, hubiera querido dictar un acto administrativo que las derogara o suspendiera no hubiera podido hacerlo, pues no se hallaba dentro de sus facultadas constitucionales
Es por ello que, aunque la palabra "aniquilar" hubiera sido empleada en el sentido de acabar físicamente con los elementos subversivos o, en otros términos, matar a dichos elementos, hubiera sido manifiestamente inconstitucional e inaplicable, por no responder a las tradiciones argentinas, por no encuadrar en las atribuciones presidenciales y por no guardar relación alguna con el contexto de la legislación nacional vigente

Es que, en efecto, ninguna regla escrita o consuetudinaria del ordenamiento jurídico argentino autoriza a emprender una guerra fuera de toda normatividad, como parecen entenderlo alguna de las partes sobre la base de la inteligencia que acuerdan a expresiones de algún autor sobre la guerra. Sin embargo, lo cierto es que en el momento de dictarse el mencionado decreto la Constitución Nacional estaba vigente, lo mismo que el resto de la legislación nacional y los tratados suscriptos por la Nación con las potencias extranjeras. En ninguno de esos dispositivos puede encontrarse una nota, un signo, un atisbo, de que la República abandonó, por algún momento, sus tradicionales métodos de respeto al derecho y a las garantías individuales, para abrazar, sin más, a través de un mero decreto presidencial, la causa de la guerra total, absoluta, sin restricciones, ni limites, ni cortapisas. Ello resulta, frente al Derecho, francamente inadmisible"

El tribunal ofrece un ejemplo de la palabra "aniquilamiento" en otra ley:
Como comparación vale señalar que, para la misma época, el Poder Ejecutivo en el mensaje de remisión al Congreso del proyecto de la que sería luego la ley 20.771, expresó la finalidad de "lograr el aniquilamiento del tráfico de drogas", sin que nadie haya pensado que ello implicaba la ejecución física de los traficantes

El Operativo Independencia aplicaría un terror abundante sobre la población tucumana, con desapariciones, torturas, muertes, etc. Es evidente que el ejército NO obedeció a ningún decreto constitucional. Salvo que se pretenda insinuar que Isabel Perón y Luder autorizaron las desapariciones y torturas, cosa que supuestamente Márquez / Videla deja entrever en la historieta de los "4 cursos de acción" (la mediocre de Victoria Villarruel también quiere vendernos ese cuentito de la cartera de 4 cursos) ¿Qué son estos cursos de acción?? 

Tanto en el libro "La Otra Parte de La Verdad" de Nicolás Márquez como en esta entrevista que él le realizó a Videla:

https://prensarepublicana.com/primicia-ultimo-testimonio-jorge-rafael-videla/ 

se señala que los militares, durante los decretos de Aniquilamiento, tenían una cartera con 4 cursos de acción contra la subversión, desde el más suave hasta el más extremo. El más suave garantizaba gran orden y control pero mayor lentitud para combatir la guerrilla, y el extremo aseguraba una rápida victoria a costa de descontrol e imprecisión... y se eligió el curso más extremo. O sea, que el propio Videla (o el relato indulgente de Márquez) estarían confesando que el curso 4 elegido les aseguraba una victoria con un grotesco saldo de errores o de cuentas personales, que obviamente sólo en personas un poquito trastornadas se pueden admitir matar a cientos de inocentes para un puñadito de guerrilleros.... Pero obviamente todo esto es muy metafórico, muy dejado en el aire para no pillarse los dedos ni Márquez ni su entrevistado; pues hablan de desmanes del curso 4 de acción pero no especifican qué desmanes, cómo funciona el mencionado curso 4, el porcentaje de esos desmanes.... sin embargo la sugestión es muy fuerte: se cometerían demasiados errores con el objetivo de una victoria rápida. Al menos Videla tuvo un mínimo acto de valentía en dejarnos esa abstracción medianamente entendible sobre el curso 4 (y por cierto, que esto derriba la idea de Márquez que solamente 10 o 20 personas ocupan el margen de error)

Paradójicamente Videla está en desacuerdo con la metodología de López Rega porque se prestaba para ajustes de cuenta... y segundos después apoya el impreciso curso 4 de acción (bajo cuentitos intuitivos acerca de la necesidad que Argentina no se convirtiera en Colombia)

Extraña el hecho que, si lo que cuenta Videla de la cartera de 4 cursos es cierto, no se entiende por qué en el juicio a las juntas de 1985 no lo mencionó. Nadie se lo impedía. Pero en dicho juicio Videla negó siquiera que el concepto "aniquilar" implicara asesinatos y torturas. Nada dijo de los pretendidos cursos de acción que le ofreció a Luder. Asi que su testimonio actual de la "cartera de cursos" es inchequeable

La cartera de 4 cursos contradice lo que afirma el estúpido de Nicolás Márquez sobre la definición "fulminante" de la palabra Aniquilar. Porque si Aniquilar debe ser entendido como la eliminación a toda costa del enemigo, no es necesario ninguna cartera de cursos

Más allá de todo esto, desde lo legal es imposible las acciones represivas de ese estilo. El aniquilamiento entendido en el papel de la ley no puede sugerir otra cosa que acciones dentro de la Constitución. Asi que los militares no pueden alegar que cumplieron con la ley ni con el gobierno constitucional. Habrán cumplido con otra cosa: con alguna conversación informal, a oscuras que tuviesen con Luder.... pero no con la ley

Empero, el decreto que firma Luder es el de octubre de 1975. Este temita de los 4 cursos de acción entonces, nada tiene que ver con el decreto de febrero de 1975; y sin embargo ya desde febrero se instala la modalidad represiva de tortura, asesinato y desaparición en Tucumán. Asi que estos 4 cursos de acción, de haber existido, resultan irrelevantes porque los militares ya estaban reprimiendo en Tucumán sin esa cartera de cursos


Lamentablemente, el exceso de ideología termina quemando el cerebro de gente a la que le tenía algún aprecio, como es el caso de Francisco "Abogado Nivel Dios" Oneto: 


A mi me cae simpático Oneto, no voy a mentir. No niego que me mató de risa los momazos que le pegó a los conductores de TN o a ciertas feministas de pacotilla. Pero desde que se junta con la derecha terminó bastante boludo..... ¿Cómo el llamado "abogado nivel Dios" va a cometer un error tan de principiante como el "decreto de exterminio"?? ¿Existen los decretos de exterminio en un marco constitucional? ¿Se puede decretar el exterminio de una persona por decreto? No sabía que los decretos tenían esas facultades en un gobierno constitucional ¿O sea que el gobierno actual puede decretar el exterminio de una persona? Oneto que es abogado debería saberlo incluso mejor que yo, que no soy abogado. Un exceso de ideología a 240 km/h es un arma, Oneto


Volviendo a citar el diario de operaciones de Acdel Vilas, en ningún momento el represor menciona el concepto de "aniquilamiento" como una vía libre para la tortura, ni tampoco menciona los supuestos 4 cursos de acción ni nada. Sobre el "descubrimiento" de la tortura como método contrainsurgente, Vilas escribe:
Pasado el primer mes [del Operativo Independencia], detuvimos a un subversivo de nombre Ernesto que había desertado, el cual ante la amenaza de un interrogador -"hablá si no te matamos"- respondió, confundido: "No me hagan nada; que voy a cantar todo". A partir de ese momento comprendimos cuáles habían sido nuestros errores, llegando a la desgraciada conclusión de que por "el lugar de Reunión de Detenidos" habían pasado por lo menos 20 cabecillas del ERP a los cuales se les había dejado en libertad por falta de pruebas. Hubo que olvidar por un instante -un instante que se prolongó diez meses- las enseñanzas del Colegio Militar y las leyes de la guerra donde el honor y la ética son partes esenciales, aunque muchos no lo crean así, consubstanciarse con este nuevo tipo de lucha para extraer saldos positivos. Si por respeto a las normas clásicas nos hubiésemos abstenido de emplear métodos no convencionales, la tarea de inteligencia -y ésta era una guerra de inteligencia- se habría tornado imposible de llevar adelante 
[...]
El ERP se manejaba con un amplísimo aparato de cobertura logística, contando entre sus simpatizantes, adherentes y milicianos a médicos, abogados, odontólogos, escribanos, profesores universitarios, enfermeros, arquitectos, ingenieros y guardia cárceles. Si uno de ellos era tomado prisionero -y debe recordarse que muchos eran personas conspicuas dentro de Tucumán- inmediatamente se movilizaban los partidos políticos, la justicia y hasta el Ministerio del Interior, interesándose por su suerte. Si el procedimiento de detención se había realizado vistiendo uniformes del Ejército, entonces no había más remedio que entregarlo a la justicia para que a las pocas horas saliese en libertad; pero si la operación se realizaba con oficiales vestidos de civil y en coches "operativos", como lo ordené ni bien me dí cuenta de lo que era la "justicia" y la partidocracia, la cosa cambiaba
https://web.archive.org/web/20031119132920/http://www.nuncamas.org/investig/vilas/acdel_35.htm 

El primer párrafo que transcribimos, acerca de "Ernesto", debe ser una de las partes menos creíbles de su diario de operaciones. Es risible creernos que Vilas descubrió la "efectividad" de ese método así de casualidad. No si tenemos en cuenta la experiencia francesa en Argelia que el mismo Vilas rememora en su diario, no si tenemos en cuenta que la tortura ya era habitual en la Argentina antes del Operativo Independencia. Pero de cualquier modo, es intrascendente a los efectos de analizar el decreto de Isabel. Lo cierto es que Vilas no tortura gracias al decreto, sino que él mismo lo sitúa en su diario como un hecho ajeno a lo legal, ajeno a los formalismos de guerra clásica; y no necesita del concepto "aniquilar". Según el diario del represor, sus métodos son la consecuencia de su desprecio a la legalidad, porque entorpecía su trabajo; son la consecuencia de la desidia de los políticos o la "partidocracia", o de la justicia que largaba a los "subversivos" a las pocas horas, etc. Además Vilas parece darse cuenta que si utilizaba a "oficiales vestidos de civil" y coches "operativos" (es decir, coches civiles sin patente) la cosa cambiaba.... mucho. Es el mismo Vilas quien ordena esos métodos de motu proprio, sin aludir a las facultades extraordinarias de ninguna palabrita en ningún decreto

Por si quedaran más dudas, en la siguiente entrevista que le hicieron al represor Vilas en 1983, que reproduce el diario Infobae: 

‒Entrevistador: ¿Y cómo aplicó usted esa teoría [contrainsurgente], en la práctica?

‒Acdel Vilas: Mire, es muy sencillo de entender. Nosotros sabíamos que, por ejemplo, en una capilla, se escondían elementos subversivos. Nos hacíamos presentes para solicitarle al sacerdote un permiso para revisar el lugar, pero en general los curas nos decían: "General, no puede pasar, esta es la casa de Dios". Bueno, nosotros insistíamos, pero ante una respuesta de ese tipo, era inútil. Entonces volvíamos de noche. Con tropa de uniforme de combate pero sin identificación, con pasamontañas para ocultar los rostros. Entonces pateábamos la puerta, entrábamos y nos llevábamos a los subversivos. Listo. Fin de la cuestión

‒Entrevistador: No parece muy legal, General. El decreto pedía aniquilar el accionar subversivo, pero siempre dentro de los límites de la ley, ¿no le parece?

‒Vilas: Es fácil hablar ahora, con elecciones a la vista [las de 1983]. Pero si las hay, esté seguro de que eso es posible porque nosotros evitamos una Argentina comunista. Otra hubiese sido la historia si el Ejército hubiese exigido, para extirpar ese cáncer marxista, que se declarase a Tucumán como una Zona de Emergencia. Pero no, insistían en dar vueltas con ese bendito tema del "profesionalismo integrado". Una estupidez. El gobierno temía perder el control de la Fuerza, cuando en realidad ya no lo tenía. Lo mío fue profesional. Y muy efectivo


Vilas no dice que el decreto de Isabel le haya permitido los métodos clandestinos. En la conversación parece una decisión "profesional" de él mismo

Avísenle a Francisco Oneto para que se entere


Una cosa que suele olvidarse, y los apologistas lo olvidan mucho más (incluso si se auto-elogian con el título honorífico de la "memoria completa"), es que Isabel Perón el 11 de marzo de 1976 promueve (fallidamente) unos proyectos de leyes para crear cámaras especiales de juzgamiento contra la subversión. El proyecto en dos de sus párrafos de fundamento dice:
Ante el ataque de la barbarie y de la violencia organizada, sea cual fuere la ideología exhibida, cabe responder con una rápida y eficiente adecuación del sistema jurídico, de manera de garantizar la vigencia plena y efectiva del Estado de Derecho. Se hace indispensable el más pronto juzgamiento de los delitos subversivos y su inmediata represión
Esa lucha no puede parcializarse en el empeño de las fuerzas armadas y de seguridad, pues están comprometidos los principios del ser de la Nación y, por ello mismo, el compromiso de aniquilar la subversión debe ser asumido por todos y cada uno de los argentinos
https://www.lanacion.com.ar/politica/sigue-la-discusion-sobre-el-termino-aniquilar-nid100401/  

http://www.desaparecidos.org/nuncamas/web/testimon/deheza.htm 

Había una intención (totalmente fallida frente a un golpe de Estado cantado) de juzgar la "subversión" en un marco de pretendida legalidad, "sea cual fuere la ideología exhibida" mostrando así un tímido coletazo de conocimiento sobre los atentados de la derecha política y su necesidad de juzgarlos a ellos también (no solo a la izquierda). Lo importante de este proyecto no es la intención propiamente de la ley, que no llegó a nada y quizás ni hubo intención de llegar a algo; pero lo importante es cómo combina el concepto de "aniquilar" en un proyecto de juzgamiento legal con cámaras. O sea que podía perfectamente acoplarse la palabra "aniquilar" sin que signifique nada raro o ajeno a un marco de legalidad (PD: también esto es un elemento más, aún chiquitito, para desmontar la mentira apologista que después de la eliminación de la Cámara Federal de Lanusse no hubo intenciones de juzgamiento legal. De hecho, el golpe de Estado barrió con los pocos mecanismos constitucionales activos, que no fueron eliminados por Cámpora ni por nadie sino por los mismos militares: como el manejo arbitrario que ellos hicieron del derecho de opción de salir del país para los presos)

Es que se habla de la palabra "aniquilamiento" como si fuese una palabra maldita cuando los militares en los medios de comunicación se la pasaban diciendo que estaban aniquilando al enemigo, y eso no escandalizaba a nadie, ya que esa palabra por sí mismo no significaba nada


El argumento basicón de los decretos de aniquilamiento es utilizado por antiperonistas defensores de los militares, como el caso del ínclito Nicolás Márquez y su concubina Agustin Laje. Algo que no es muy coherente que digamos, porque ese decreto como "argumento" del apologismo puede servir para: echarle la culpa al peronismo de la masacre; o para resaltar una aparente (pero falsa) constitucionalidad de la masacre que cometieron los militares antes y después del golpe. Si trata de lo primero (echarle la culpa al peronismo), los militares tendrían igual culpa porque al asumir el gobierno no derogaron ningún decreto, asi que resultaría FALSO que tuviesen menos culpa... pues no, tienen IGUAL CULPA. Y si fuese lo segundo (resaltar la legalidad de la orden), entonces el peronismo no cometió nada "malo" por ser una orden legal, y los militares hicieron algo totalmente ajeno a la legalidad, por lo cual los militares nuevamente tienen la culpa de lo sucedido y el apologismo habría beneficiado sin querer al peronismo


Con todo lo reseñado, el lector ya tendría que haberse pergeñado la idea que el decreto, así sin más, no significa nada extraño, nada que autorice a torturar ni siquiera matar fuera de combate, al contrario de los que enarbolan la defensa contumaz del apologismo castrense. Pues bien, hay algo que no mencioné: el decreto de febrero de 1975 no se promulgó "así sin más", sino que fue acompañado de la directiva 333/75 que fijaba los lineamientos legales al proceder con un detenido: sin ir muy lejos, derivarlos a la autoridad más próxima y someterlas a la Justicia o el PEN. Además de trazar la planificación operativa para destruir a la compañía de monte en 3 etapas: control de rutas y de la población (y así cortar el abastecimiento de la guerrilla), hostigamiento progresivo a la guerrilla, y por último pasar a la ofensiva contra los insurgentes. Desde ya que la parte "legal" de esa directiva nunca se respetó, y ahí no había confusiones sobre palabritas, era muy claro: debía derivarse a la Justicia... y eso no sucedió. Al menos, no sucedió con miles de prisioneros que fueron derivados a un centro ilegal 

El grupo de la memoria completa tiene tan pero tan completa esa memoria que siempre se les olvida recordar la directiva 333/75. Más completa que la dentadura del Brayan



El estúpido chanta estafador vendecuentos tramposo de Agustin Laje, en este video sobre la "mentira" del 24 de marzo, dice en el minuto 14:52 "¿Qué significa "Aniquilar" militarmente? Bueno... supongo que ustedes sabrán...."


Es otro de los "trucos" metodológico-retóricos que manotean los apologistas para sus investigaciones: incentivan al lector a que "saquen sus propias conclusiones" (se les olvida mencionar que se la pasan utilizando fuentes terciarias o empleando una pésima metodología.... pero bueno, "saquen sus conclusiones"), o en este caso aseveran que "no necesita explicación", que "ustedes sabrán", como si fuese una verdad tan obvia..... cuando estaría buenísimo que Laje nos explique los alcances técnicos del concepto "Aniquilar" en vez de decir que "supongo lo sabrán". Así es como esquivan la verdad tan obvia que "Aniquilar" no significa lo que a él o Nicolás Márquez se les sale del ojete, sino que tiene precisiones muy distintas a la comparsa de estos derechistas

¿Por qué los apologistas y represores insisten en concederle a la palabra "Aniquilamiento" estas propiedades tan fulminantes? Uno podría pensar que las fuerzas armadas querrían apoyarse totalmente en el gobierno constitucional para darle un lustro de "constitucionalidad" a su reprochable proceder o para cargarle las tintas al gobierno peronista de lo que ellos mismos hicieron incluso desde el 76 en adelante. Pero también les es muy útil para justificar la eliminación de TODO miembro de las organizaciones político-militares, así sea un combatiente foribundo o un simple militante que jamás tuvo un arma. Con la excusa que se tenía que "aniquilar", que se tenía que reducir absolutamente a la nada esas organizaciones, emplean los malabares lingüísticos


Pero del gobierno peronista de ese entonces, aún siendo un gobierno de mierda, no podemos aseverar que ese decreto que firmaron haya dado lugar a la eliminación de los efectivos políticos (no-combatientes). Como mucho, podríamos creer que se daba carta blanca a asesinar a los combatientes, pero no a los militantes no-combatientes. Eso lo sostenemos en base al gráfico que firmó el subjefe de inteligencia Carlos Martínez que forma parte de las directivas que acompañaron al decreto de aniquilamiento de octubre de 1975, y que hemos mostrado en otros posteos de este blog:



pag. 59:


No hay estimaciones de los militantes políticos del PRT-ERP en la directiva (tampoco hay estimación de militantes de Montoneros, combatientes o no). Como sea, no se entiende que los militares hayan dibujado ese gráfico de únicamente combatientes, si el objetivo era decirle al gobierno que iban a eliminar a todos los efectivos políticos y combatientes. Entonces, formalmente el objetivo era dar a entender al gobierno que el enemigo a aniquilar físicamente eran los efectivos armados solamente. De los militantes no-combatientes se deberían encargar de otra manera: en la directiva se habla de la "AS", acción sicológica; para contrarrestar la propaganda subversiva (en la práctica ya sabemos que además de la AS, usaron los centros clandestinos) 

Igual tampoco nos vamos a poner ingenuos: las leyes antisubversivas dictadas anteriormente en 1974 eran tan vagas que autorizaban ipso facto la persecución policial a los militantes políticos; y los policías no es que fuesen precisamente amables o legalistas contra los detenidos. Además que en la directiva 1/75 los militares ejecutarían el aniquilamiento de los "elementos constitutivos" de la subversión


Aún cuando el "aniquilamiento" no significara el asesinato o tortura, es incomprensible que el gobierno constitucional dejara en manos de las fuerzas armadas la represión o el control a los elementos "constitutivos" (lo que eso signifique) en vez de los simplemente armados

Además no se comprende por qué el gobierno constitucional dejaba, en tiempos de paz, que la "AS" la manejaran los militares; o siquiera por qué tendría que existir y ejecutarse una AS en la sociedad argentina tal como cobayos (con un ERP de 600 combatientes ¿Se justificaba la AS en la sociedad?)

Al respecto, el diario La Nación, el 16 de diciembre de 1975, comunicaba sobre la relación entre el gobierno y el ejército:

“El mandatario agregó que hay que ejecutar una campaña de esclarecimiento en fábricas y escuelas, a fin de hacer conocer en todo el país los efectos negativos del extremismo. (...) La guerrilla está desarrollando una acción permanente de captación psicológica y el gobierno no: el Estado en esta guerra contra la subversión debe desarrollar una acción psicológica. (...) la necesidad de lograr la unión ejecutiva del pueblo y las Fuerzas Armadas en la lucha contra la subversión.” 

extraído de esta tesis, pag. 65:


¿Por qué el gobierno civil dejaba en manos de las fuerzas armadas la "acción psicológica"? ¿Qué chota significaba eso? ¿Acaso el teniente general Videla tenía que ir con el casco y la vestimenta de fajina a decirle a los niños de la escuela "chicos, no sean zurditos"? ¿El general Menéndez tenía que ponerse a enseñar matemáticas en el aula mientras vigilaba que no hubiese montoneritos de la UES? En los hechos, esto habilitaba la intervención del ejército en las escuelas para detener gente, para atemorizar.... todo esto ANTES del golpe de Estado, y encima avalado por el gobierno civil, por los políticos civiles (sean peronistas u opositores), por la prensa, por la Iglesia, etc.



Dirigentes peronistas como Luder o Cafiero se quejan del Documento Final de la Junta Militar de 1983, porque el gobierno constitucional se hace responsable que ordenó la lucha contra la subversión, pero "dentro del marco de la ley". Diario Clarín mayo de 1983



En verdad, lo problemático de los decretos nunca fue la palabrita mágica de "Aniquilamiento", que entendida legalmente no significa nada retorcido como los apologistas insinúan. Lo escandaloso de esos decretos son los conceptos de "elementos subversivos", totalmente vagos, sin definición clara y que garantizaron en la práctica la represión contra lo que el poder de turno consideraba arbitrariamente como "subversión". Desde un enfoque restrictivo, los "elementos subversivos" debían significar únicamente la guerrilla, los miembros armados.... pero los militares extendieron el significado de "subversión" a conveniencia de ellos. Más precisamente, el significado de "aniquilar los elementos subversivos" tendría que haber sido interpretado restrictivamente para la Secretaría Militar de las organizaciones revolucionarias. Pero los represores lo extendieron a la Secretaría Política también: a sus células sindicales, territoriales, estudiantiles, propagandísticas (y lo extendieron a otras personas también)

En el juicio por el Operativo Independencia del año 2017, los jueces consideraron que la orden de Isabel Perón era legítima para reprimir legalmente a todos los militantes enrolados en las organizaciones revolucionarias. Es decir que los jueces interpretaron cuestionablemente el concepto de "elementos subversivos" incluyendo a los civiles, a los no-combatientes (amén que resaltaron la legalidad de allanar viviendas sin autorización judicial; pero ese es otro tema). Esta calificación pone en duda aquellas tonterías del apologismo que aseveran que la Justicia está "ideológicamente apostada a la izquierda". No se entiende cómo una Justicia izquierdista falla de ese modo tan cuestionable entonces. Como sea, el concepto de "elementos subversivos" es inexacto y la interpretación restrictiva solo tiene sentido para los combatientes, no para los civiles militantes (lo contrario sería caer en una suerte de Derecho Penal de autor, donde la persona es castigada por lo que es y no por lo que hizo)



Todo ello no supone olvidar el lamentable papel de los políticos, ya sean éstos integrantes del gobierno peronista como de otros partidos políticos. No supone olvidar el lamentable rol de los medios de comunicación. Aunque no puedo asegurar que haya existido una voluntad deliberada y malintencionada, sin dudas hubo un grado de ignorancia en la imprecisión de sus metáforas que a veces ralla en la complicidad. En el siguiente enlace, hay un muy destacado trabajo que recopila y ofrece una estadística de declaraciones públicas de civiles en el diario de La Gaceta acerca del Operativo Independencia:

http://biblioteca.clacso.edu.ar/Argentina/iigg-uba/20110322104029/ji9.pdf 

Cuando, por ejemplo, los políticos vociferaban en 1975 que el victorioso ejército está triunfando contra los subversivos apátridas criminales foráneos, uno debería preguntarse, más allá de la opinión personal que tuviese el político sobre el guerrillero ¿Qué significaba para este tipo el concepto de "victorioso ejército" o "triunfar"?? ¿Nada sabían sobre la escuelita de Famaillá?? ¿Nada sabían sobre la escasa capacidad combativa de los guerrilleros? ¿Nada sabían que el aparatoso despliegue del Operativo Independencia no coincidía en lo absoluto con la idea de combatir a una minúscula insurrección? ¿Se tragaron de buena fe la propaganda militar? ¿Hubo miedo y, por ende, aceptación a la mentira?? ¿O hubo apoyo a la represión?? ¿Con qué elementos concluyeron el carácter "extranjerizante" de la subversión?? Cuando Isabel Perón o su cohorte de funcionarios firmaron un decreto que decía "elementos subversivos" ¿Nada sabían de la vaguedad de ese término, y la enorme probabilidad que los militares lo extendieran a sectores ajenos al grupo guerrillero del monte? ¿Nada sabía que al promover el "aniquilamiento" se daría vía libre a la permanencia de una campaña que nada tenía que ver con la recuperación territorial?? Cuando Balbín hablaba de "guerrilla fabril" o cuando otros dirigentes políticos, gremiales o empresariales hablaban de una guerra contra la subversión en todas sus formas desde la guerrilla hasta la fábrica ¿Eran conscientes que alentaban las fuerzas armadas a reprimir en las fábricas a gente que no estaba combatiendo? Cuando se alentaba a la represión o el aniquilamiento ¿Qué tipo de aniquilamiento? Cuando se hablaba que el ejército combatía el terrorismo ¿El de derecha o el de izquierda, o ambos? ¿Sabían los políticos que el ejército tenía más entusiasmo en "aniquilar" a la izquierda que a la derecha? ¿Sabían los políticos que el ejército alentaba los atentados de la derecha? Cuando se hablaba de combatir la subversión ¿Qué era la subversión? Pareciera que de repente políticos, dirigentes, periodistas cayeron en una espiral de la metáfora repetitiva sin darse cuenta de la intencionalidad o ideología de su abstracción

A tal punto llegaba la cosa, que podías leer o escuchar a dirigentes sindicales hablar de la subversión. Por ejemplo, los dirigentes de las 62 organizaciones anunciando que prestarán colaboración al ejército para combatir la subversión en Tucumán ¿Qué tenía que ver el sindicalismo con la lucha del ejército contra los guerrilleros del monte? Bueno, SI tenía que ver: la "subversión" no era solamente el aspecto armado, sino también el infiltrado político en las fábricas

Una triste síntesis de este exceso de metáfora la tenemos del siguiente extracto de prensa del 12 de noviembre de 1975 (mostrado en el enlace que colgamos). En ese momento Vilas autorizaba a que distintos periodistas y legisladores fuesen a visitar el "frente de batalla". Los legisladores manifiestan:
La tarea desplegada por los hombres de la V Brigada, al mando del Gral. Vilas ha sido decisiva para la suerte de este operativo, que ha logrado erradicar casi totalmente a la subversión de Tucumán ayudando así al país
¿Qué tarea se desplegó en esos 10 meses? ¿A cuántos subversivos erradicó y quiénes eran dichos subversivos? ¿En qué escenario se los erradicó? ¿Qué significa el concepto de "casi totalmente" en términos numéricos y sobre quiénes se va a combatir en el futuro para llegar a la totalidad? Nada de nada especifican. Para ese entonces, el centro clandestino "La escuelita", ubicado a escasos metros del Comando Táctico de la V Brigada, había secuestrado centenares y centenares de personas, sometiéndolas a flagelaciones insoportables; todo ello frente a una guerrilla que nunca superó la centena de combatientes

Y encima este viaje de legisladores ocurre en un contexto donde los militares estaban creando la propaganda para desvirtuar algunas denuncias internacionales de violaciones de Derechos Humanos sobre el Operativo Independencia ¿Por qué los funcionarios civiles se prestaron a esa propaganda? 

Otro aspecto a tener en cuenta, es que el ejército no disimulaba que la forma de rendir frutos era mediante la explotación de la información obtenida en las detenciones. En cuyo caso habría que preguntarse si el gobierno no podía imaginar los métodos que utilizarían para que mágicamente una gran porción de prisioneros le facilitaran datos. Salvo que los funcionarios políticos de aquel entonces le tuvieran un gran optimismo a los detenidos, quienes voluntariamente colaborarían. Ingenuidad que quisieron imponer los acusados en el juicio a las juntas (la idea que la fuerzas armadas detenían gente pero las interrogaban buenamente y los prisioneros colaboraban de buena gana) ¿Realmente se lo habrá creído el gobierno de 1975 esa buena disposición? ¿En nada sospechaban de los métodos que podían usarse?

Hay otros elementos discutibles como el hecho que Isabel Perón no ordenó la finalización del Operativo Independencia, teniendo en consideración que no queda para nada claro qué rendición de cuentas le hacían los militares a la presidente: si Acdel Vilas le decía a la presidente "estamos ganando la guerra contra el ERP, estamos obteniendo éxitos inmensos"; la presidente Perón ¿Qué rendición de cuentas le pedía? ¿No le pedía explicación sobre cómo obtenían esa victoria, cómo obtenían información de detenidos ni cuáles eran esos detenidos? Nada de nada??? ¿Dónde estaban los combates de esa guerra? ¿Cómo se confiaba ciegamente de los enfrentamientos? De lo contrario, quedan dos opciones: o Isabel era cómplice aunque sea por pasividad de lo que ocurría en la "escuelita", o la otra opción es que la imagen mental que se representaba ella del Operativo era simplemente una rutina policial diaria donde se vigilaban autos y se paraban personas para identificarlas, con algunas detenciones típicas de la vida diaria delictiva, con algunos enfrentamientos esporádicos e incautación de material subversivo..... algo que está muy lejos de un reconocimiento de victoria o laurel especial al Ejército ¿Por qué entonces la propaganda de la "victoria bélica contra la subversión" en un rutinario escenario de vigilancia policial en las calles??


Los políticos ¿Cuánto sabían de lo que realmente estaba pasando en el Operativo Independencia y en el país bajo la represión castrense? Uno no puede hacer mentalismo y acusar a Balbín, Luder, o Isabel de "Vos sabías y te hiciste el tonto". Lo que SI podemos asegurar, es que los políticos tenían todas las posibilidades de saber lo que pasaba. Si no sabían, era porque no querían saberlo

Téngase como simple ejemplo, lo que escribía el corresponsal del diario estadounidense The New York Times, en diciembre de 1975, sobre el Operativo Independencia:

Una guerra en la que aparentemente no hay prisioneros y en la que los militares no hacen gran distinción entre guerrilleros armados y colaboradores que sirven de correo o suministran a los hombres en el monte

extraído de este libro, pag.82 y referencia 39 en la pag.182:


Aunque el corresponsal no tuviera en ese entonces cabal idea de la existencia de centros clandestinos, está describiendo en su crónica una guerra muy gris, muy confusa. Y si ese simple periodista ya en diciembre de 1975 advierte sobre la nebulosidad de esa "guerra", con más razón los partidos políticos debían tener la capacidad de comprender. Pero no solo no comprendieron (o no quisieron), sino que festejaban la "victoria" del ejército, como si esa victoria fuera algo entendible en vez de algo gris, poco claro

Ya el ERP sabía de la existencia de la escuelita de Famaillá como centro de detención y tortura. En este número de su revista, de marzo de 1975, en la última página hablan de la escuela nueva de Famaillá y las torturas que se infringe allí: 


Más significativo, este panfleto de la Juventud Guevarista, de agosto de 1975, en la ciudad de La Plata, denuncia a la escuela de Famaillá como campo de concentración:


Un político promedio de aquella época podía descartar esta revista o los panfletos como pura propaganda, pero ¿En nada sospechaban lo que pasaba? El corresponsal de The New York Times no era militante del ERP


Más ilustrativo y claro lo tenemos en el siguiente ejemplo: la noticia de prensa pertenece a la ola de desapariciones de Córdoba de enero de 1976, ejecutadas por el comando para-militar "Comando Libertadores de América", un émulo de la Triple A dependiente del Ejército 


Allí se reflejan dos aspectos claves: en primer lugar, un Ministro de gobierno insinúa que el líder montonero Roberto Quieto está detenido (Quieto fue secuestrado para jamás aparecer, por ende su detención nunca fue oficializada). Si es así, implica dos opciones: o el ministro es cómplice aunque sea por pasividad de esa detención no legalizada; o el ministro es impotente para controlar a la policía. En cualquiera de los dos casos, el ministro PRESUME de manera negativa sobre el carácter de la policía. Al menos está dando a entender a la prensa que la policía actúa encubiertamente y no comunica al gobierno formal sobre detenciones de personas

El segundo aspecto es que un documento de la UCR denuncia lo extraño que resulta que estos secuestros se produzcan sin que la policía detenga a un sospechoso siquiera. Entonces, no es que los políticos "ni imaginaban". Algo imaginaban, que de hecho lo decían por la prensa aunque más no sea tímidamente, y quizás sin conocer realmente el destino de esos detenidos; pero algo imaginaban en contra de las fuerzas de seguridad. Lastimosamente esa sinceridad en los diarios no se condice con la promoción de una actitud para cambiar las cosas. Sea por pasividad, por impotencia o por complicidad pero no cambiaban las cosas nuestros políticos civiles

Además, había una tendencia a separar las aguas entre la policía y las fuerzas armadas. Para los políticos civiles, parecía ser que era la policía la que estaba anarquizada, la que cometía secuestros. Los militares en cambio eran los neutrales, los que no se metían, a los que había que acudir para controlar la situación ya que no estaban "corruptos" por el para-militarismo gansteril de la policía. Eso sería creíble de no ser porque en Tucumán resultaba ridículo echarle la culpa a la policía o a las AAA de lo sucedido, en tanto era el Ejército quien estaba controlando territorialmente la provincia. No es casual que en algunas publicaciones de época, se denuncian desapariciones en Tucumán pero siempre echándole la culpa a la Triple A, dejando intacto el prestigio de las fuerzas armadas

Para el caso del gobernador peronista de Tucumán, Amado Juri, resulta todavía más indefendible su gestión ante la represión. El Operativo Independencia no tuvo únicamente a "la escuelita de Famaillá" como centro clandestino, sino que hubo más de 60 puntos de concentración ilegales de prisioneros ¿Cómo es posible que el gobernador no supiera que había decenas de centros y casuchas clandestinas bajo la órbita del Ejército, en SU propio gobierno? ¿Cómo no sabía que esto era una "guerra sin prisioneros"? Y si bien el diario de Vilas podría funcionar como una prueba a favor del gobernador, en el sentido que Juri se quejaba sobre el poder bicéfalo entre el Ejército y éste (dando a entender que el gobernador no podía detener al Ejército), aún así no se entiende por qué ni siquiera renunció a su puesto. Quizás la avaricia del poder, de no renunciar a un mísero puesto de gobernador y hacer la vista gorda

Y así le pagaron: con el golpe de Estado, Amado Juri fue encarcelado por unos años

Un personaje muy importante de la dictadura, diría algo bastante punzante pero certero:

Es una arbitrariedad considerar que la guerra empezó el 24 de marzo. Nada de lo que pasó después fue distinto de lo que pasó en Tucumán o en todo el país ¿No sabían los políticos lo que estaba pasando en Tucumán? Si no se enteraron es porque no querían o porque miraron para otro lado. Además ¿enero del 76 no fue el mes en que más desapariciones hubo? Nosotros todavía no estábamos en el poder

Ese personaje era Jorge Rafael Videla (entrevistado en el año 1998 para el libro "El Dictador" de María Seoane/Vicente Muleiro)

Es curioso que los famosos decretos de aniquilamiento se hayan empleado para atacar a la izquierda política, y no a la Triple A o los comandos derechistas. Después de todo, el concepto de "subversión" es difuso, y si el objetivo de los decretos para Isabel/Luder y su cohorte civil era "lograr la paz y la seguridad en el país", eso implicaba desmantelar cualquier acto delictivo sea de derecha o de izquierda. Los decretos no aclaran, en su letra formal, a qué "subversión" iban a atacar. Pero tanto la directiva 404/75 como la práctica militar, evidencian que no iban por el clamor popular de terminar con todo extremismo armado de derecha e izquierda, sino con la parte que a ellos y sus lacayos (empresarios, iglesia, etc.) les convenía: el marxismo. En ningún momento la directiva 404 habla de la guerrilla derechista por ejemplo. En esa directiva incluso nos explican los orígenes ideológicos de Montoneros y ERP: que si Cuba, que si el chinoísmo, que si conquistan Asia y África, que la mar en coche...... pero nada dicen de la CNU o los comandos derechistas (que eran los que más asesinaban en ese año)

Esto merece extenderse a un punto: qué entendía Luder por "Subversión", por "Montoneros", por "ERP". No queda muy clarito que digamos

O sea, cuando Luder firmó el decreto tan famoso ¿Qué era lo que quería Luder? ¿Quería que los militares bajaran la tasa de delitos de ambos grupos izquierdistas o derechistas? ¿Quería solamente atacar a la guerrilla de izquierda y dejar "intacta" a la Triple A y la CNU? ¿Ese decreto se extendía a los militantes sindicales de Montoneros? ¿O únicamente a los combatientes? En fin, tenemos estos "grises" que probablemente no sepamos nunca responder, entre otras cosas porque ya Luder está muerto e Isabel no habla

Por ejemplo, en este video donde entrevistan a Luder, cuando le preguntan acerca de la lucha contra la subversión, su declaración tiene un enfoque netamente delincuencial, al estilo "la policía estaba rebasada en su capacidad de combatir la subversión"; es decir que la misión de su decreto parecía ser meramente el de sofocar una delincuencia armada. Minuto 6:06 y 9:05



En su discurso no aparece, o no luce tan evidente, el concepto de la Subversión como el del militante montonero que va a una fábrica a hacer activismo sindical y romper los huevos al patrón por una mejora salarial. Luder ¿Qué concepto tenía de esa clase de militantes? ¿Eran "subversivos"? Y si lo eran ¿Cómo debía encarar a ese militante no-combatiente? ¿El decreto de aniquilamiento abarcaba ese género de militancia sindical montonera? No se sabe. Como dijimos antes, la directiva 404 al menos formalmente, daba a entender (tácitamente por cierto) el seguimiento de los combatientes (el gráfico de Carlos Martínez sobre los 600 combatientes del ERP)

Pero los políticos no parecían ser tan tontos y sabían que Montoneros y PRT-ERP tenían sus militantes no-combatientes. Un ejemplo de ello es el siguiente documento de la embajada de EE. UU. de fines de 1975, en el que hablan del "terrorismo fabril" y dan cuenta de la opinión de algunos políticos del momento:

El diputado nacional Antonio Troccoli, quien representa a la provincia de Buenos Aires, dijo a la Embajada, el 24 de noviembre (1975), que el terrorismo fabril es una "desastrosa influencia y que controlaban las principales industrias del Gran Buenos Aires". Senador Eduardo Angeloz, quien representa a la provincia de Córdoba, lamentó ante la Embajada que la mayoría de las fábricas en Córdoba estuviesen controladas por el ERP y Montoneros, y que ahora los gerentes negocian con los comités internos controlados por terroristas en vez de la dirigencia sindical electa


En este párrafo, tanto Tróccoli como Angeloz se refieren a Montoneros y ERP pero no como militantes combatientes, sino como militantes sindicales. Por tanto, cuando los civiles reclamaban la necesidad de luchar contra la subversión ¿Cómo debía encararse el problema de estos militantes no-combatientes? 

Probablemente sea la incógnita más grande de este tema: los políticos al final del día ¿Sabían o no sabían que la "lucha antisubversiva" emprendida por las fuerzas armadas, implicaba no solo limpiar a los combatientes montoneros sino a estos miles de militantes sindicales, estudiantiles no-combatientes?

No es lo mismo decir "yo quería que eliminaran a los combatientes montoneros para evitar que éstos sigan matando gente", que es más o menos un discurso estrictamente anti-delincuencial; que decir "yo quería que eliminaran al sindicalista montonero rompe-pelotas que jodía en las fábricas". Son dos niveles muy distintos de motivación política: uno significa la mano dura contra el delincuente; el otro significa el asesinato de militantes simplemente porque molestan al patroncito de la empresa con sus pedidos de mejoras salariales, sus huelgas insurreccionales, etc. Es obvio que el discurso de mano dura anti-delincuencial es mucho más políticamente correcto que el discurso de matar sindicalistas; de ahí la importancia de entender si los políticos de ese momento tenían conciencia (cuando no alentaban) que la lucha contra la subversión suponía la matanza de sindicalistas y estudiantes montoneros; no únicamente de "combatientes" o "delincuentes" 

Si el decreto de Isabel/Luder suponía el aniquilamiento de la subversión incluyendo estos militantes sindicales, pero dentro del marco de la ley, seguimos sin comprender cómo debía encararse tal problema ¿Al militante sindical lo iban a arrestar? ¿Lo iban a multar? ¿Iban a negociar sus demandas?

Tanto en el juicio a las juntas como en la entrevista aludida, Luder habla de la subversión en términos netamente delincuenciales, omitiendo el aspecto político no-combatiente de los militantes del PRT y de Montoneros. Esta conceptualización de Luder es pos-dictadura; pero lo que importa es conocer qué pensaba Luder de la "subversión" en 1975, cómo la conceptualizaba él en esa época, para así entender un poco más la responsabilidad política (no necesariamente penal) de los civiles en la represión. Lamentablemente no hay muchos rastros de cómo Luder imaginaba la subversión en 1975

Si la mayoría de los montoneros no era combatiente sino militante sindical, territorial (barrial) o estudiantil ¿Qué pretendía Luder con su persecución de la subversión "con la ley en la mano"? ¿Acaso quería llenar las cárceles de sindicalistas y estudiantes secundarios y universitarios? ¿O solo llenarla de combatientes? Este es el punto que falta revelar

El general del Ejército José Montes, 2 días después del copamiento de Montoneros en Formosa, y 1 día después del decreto de aniquilamiento de Luder que extendía el control de las Fuerzas Armadas a todo el país, dijo en el sepelio de los conscriptos muertos por el intento de Formosa:

Hoy, 7 de octubre de 1975, será el día de la definitiva toma de conciencia que en el país la guerra está a la puerta de los hogares y aún dentro de los hogares, en las fábricas, en las escuelas y en nuestra vida diaria


Si atendemos el contexto, lo lógico hubiese sido que su discurso se enfocara en la subversión como únicamente delincuentes armados, ya que Montoneros asaltó a sangre y fuego un cuartel. En cambio, el general militar hace referencia a la subversión enquistada también en las fábricas y escuelas. Los militares la tenían clarísima en este sentido: para ellos la subversión era todo militante incluyendo los no-combatientes. Aún cuando el contexto sea un hecho armado (un copamiento guerrillero de cuartel), los militares aprovechan para hablar de la subversión como global, cultural

Por eso, repetimos una vez más, el problema del famoso decreto de aniquilamiento no es la palabra "aniquilar", sino las palabras "elementos subversivos". Cuando Luder firmó el decreto ¿Qué entendía Luder por "elementos subversivos"? ¿Luder sabía que las fuerzas armadas iban a interpretar el concepto "elementos subversivos" incluyendo a estudiantes, sindicalistas, etc.? ¿Hubo conversaciones entre Luder y las fuerzas armadas sobre esto? ¿Hubo un seguimiento o rendición de cuentas de las actividades de las fuerzas armadas por parte del gobierno?


Aún quitando todo el elemento represivo "clandestino" del ejército, decretos como el del Operativo Independencia sin dudas habrán sido legales por dictaminarse con un decreto presidencial, pero no fueron legítimos: no es necesario desplegar un gigantesco aparato militar (que incluyó tanto al Ejército como la Fuerza Aérea) y policial (participaron tanto la provincial como la federal; como gendarmería) solamente para detener la ofensiva de no más de 100 personas con escaso poder de fuego. A nadie se le ocurriría semejante tontería de constituir una suerte de ejército de ocupación sobre una provincia, para desarmar a tan poquitos "delincuentes" cuyo crimen más resonante fue el asesinato de 2 personas, el Capitán Humberto Viola y su hijita de 3 años (además de dañar muy mal a la hermana de la niña, de 5 años); y si se quiere un par más de asesinatos en ese lugar. Se necesita un contexto de mucha radicalización política o ideológica por parte de los gobernantes y/o fuerzas armadas, para aprobar una intervención así. Imagínense que un presidente actual, sea del signo político que quieran, llega a aprobar un "ejército de ocupación" en alguna provincia por tan poquita delincuencia, lo tildaríamos poco menos que de dictador y autoritario. Pero en aquellos años, era muuuucha la radicalización ideológica (como la "guerra santa" contra el comunismo) que permitieron estos decretos absurdos

Está bien, para ser honestos, podemos argumentar en favor del decreto, que la policía en Tucumán estaba "superada" por la guerrilla... pero no por cuestiones de poder gigantesco de los guerrilleros, que apenas tenían 40-90 combatientes, sino porque la policía tenía muchísimo menos efectivos en las zonas donde operó la compañía rural. Cuando el ERP copó la comisaría de Acheral en 1974 ¿Cuántos policías cree que habían? Si eran 6 o 7 policías, ya le estoy diciendo mucho (los guerrilleros que coparon el lugar apenas eran 20 combatientes). En ese sentido, era evidente que la provincia necesitaba un refuerzo. Pero de ahí a que la solución fuese la intervención militar (en vez de agregar más efectivos policiales y más presupuesto), y con un número de más de 1.500 efectivos en un espacio tan reducido; es otro cantar. Un nivel de ineficiencia terrible que semeja a lo que sucedió en La Tablada en 1989 (50 guerrilleros del MTP con armas reguleras contra más de 3.000 efectivos policiales y del ejército con tanques, cañones antiaéreos, toda clase de armas y vehículos; destrozando todo el edificio...... y encima con más de 20 horas de combate. Con lo fácil que se podría haber solucionado con unos simples gases lacrimógenos como sugirió un funcionario). Pero claro, eran ineficientes a propósito, para hacerse los porongas contra los comunistas demostrando mucha presencia
 


Ejemplo televisado de ineficiencia castrense: el combate de La Tablada, año 1989. Más de 3.500 efectivos militares y policiales contra 46 guerrilleros ultraizquierdistas del Movimiento Todos Por la Patria (M.T.P.); una proporción de fuerzas 75 veces superior por parte del Ejército/policía. Con toda su aparatosidad, tanques, con cañones antiaéreos y destrozando el edificio público, se disponían las fuerzas legales a doblegar a los pobremente instruidos y mal armados guerrilleros 


Y ni es que taaaaaan legal fuera el Op. Independencia, porque se decretó así sin más, sin consultar al Congreso. Ni el gobernador de Tucumán estaba enterado de la intervención militar en su propia provincia!!!

Incluso Juan Domingo Perón, que fue muy "permisivo" con la derechización de su tercer gobierno, estaba en contra de medidas como la de implantar el Estado de Sitio frente a asuntos policiales como los de la guerrilla, y que en todo caso ese Estado de Sitio lo debía establecer el Congreso (minuto 13:05)



Contradiciendo a su marido, Isabel Perón decretó el Estado de sitio, sin que esa medida fuera tratada por el Congreso (lo que también destaca la "pasividad" o complicidad de otros partidos políticos). Y desde ya, decretó el Operativo Independencia frente a un grupo guerrillero que en número ni siquiera superaba la intentona del ERP en Azul (la conferencia citada de Juan Perón es posterior a Azul)


Como han notado en toda esta ponencia, los decretos de aniquilamiento nunca pudieron ordenar el asesinato ni tortura de nadie ¿Eso significa que los decretos carecen de importancia histórica en la represión que conocemos? ¿Son decretos triviales? Para nada; esos decretos explican mucho de la represión que ha sucedido, pero por razones totalmente contrarias a las que dicen los apologistas. Nicolás Márquez asevera que con ese decreto se dio vía libre para reprimir salvajemente, cuando eso es una estupidez y con esa lógica un presidente actual podría ordenar asesinar a cualquiera con un simple decreto; claramente es absurdo lo de Nicolás Márquez. Pero estos decretos de 1975 son importantes porque dejan casi vía libre para que las Fuerzas Armadas controlen el país. O sea, aunque el decreto no funcione legalmente para indicar "vayan y torturen gente", pero SI funciona para que las fuerzas armadas y la policía tengan el permiso legal de instalarse mucho más profundamente en las escuelas, en los sindicatos, en las facultades a ejercer vigilancia e inteligencia; además de justificar la operatividad militar en las calles (funcionando de logística, área libre o inteligencia en los hechos ilegales a espaldas del gobierno constitucional). Por otro lado, habilitaba las detenciones del PEN por parte del Ejército

Eso era lo que necesitaban los militares: tener cada vez más los espacios sociales a control de ellos. El susodicho decreto no es importante por la discusión ridícula de la palabra "aniquilamiento", sino porque le dejaba a las Fuerzas Armadas el permiso para ejecutar operaciones de "acción psicológica" y entrometerse cada vez más en la actividad social. Lo cual dejaba a los civiles con menor espacio para actuar. En esto sin dudas le cabe responsabilidad tanto al partido justicialista como a los demás espectros políticos, quienes nunca se quejaron del excesivo poder que ellos mismos le estaban concediendo a los militares sobre cosas que todavía poco tenían que ver con perseguir meros delincuentes ¿Qué tenía que ver la "acción psicológica" con perseguir y encarcelar a un guerrillero que copa cuarteles? (además de la eterna sospecha acerca de si "miraron para otro lado" que les recae a los políticos civiles, con respecto a las detenciones en los centros clandestinos de 1975, o las torturas denunciadas por los detenidos del PEN). Tranquilamente los civiles hasta podían haber derogado el decreto y no lo hicieron



Raúl Alfonsín, año 1975, quejándose por el Operativo Independencia. A su entender, la guerrilla era un problema policial y la habilitación del Ejército requería de la medida del Parlamento en última instancia. No le dieron ni cinco de bola


El querido Ricardo Balbín apoyando el Operativo Independencia diciendo que las fuerzas armadas "no tenían segundas intenciones". Ese operativo militar instalaría el primer centro clandestino masivo del país, donde secuestrarían a más de 1.500 personas cuando la guerrilla solo contaba con 100 combatientes. Vaya si no tenían segundas intenciones!!!! Todo un visionario Balbín por lo visto

fotos extraídas de:



Por último, aún suponiendo que el amanerado Nicolás Márquez tuviera razón en sus argumentos sobre el concepto de "Aniquilamiento", a los únicos que perjudicarían es a los peronistas de derecha que siguen a Isabel, con una suerte de Tu Quoque: "ah, echan la culpa a los militares cuando ustedes como gobierno también se metieron en el barro". A ellos perjudica. Pero a los peronistas de izquierda (que odian a Isabel) y a la izquierda en general no perjudica este asunto. Asi que en última instancia esto se vuelve una pelea entre derechistas


En el siguiente video, además de una anécdota personal del periodista Marcos Taire en una conferencia del represor Bussi, explica brevemente la acción psicológica del ejército y el periodismo en el Operativo Independencia. Comete un error (como el concepto de "guerra" que los militares SI usaron, aunque sea oficioso en vez de oficial), pero en general es una muy buena explicación de la propaganda:






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Comentarios

  1. es que da igual lo que signifique realmente el concepto "aniquilar", porque un decreto tiene jerarquía jurídica inferior a la Constitución Nacional

    Yo puedo decir en un decreto "se ordena el asesinato de X", que ese decreto es jurídicamente nulo

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